Alquilar tu vivienda a turistas en la Costa Blanca o en la Costa Cálida es perfectamente viable, y para muchos propietarios es lo que hace que la inversión salga redonda. El trámite es más sencillo de lo que parece. Lo que marca la diferencia es el orden en que se hacen las cosas, y sobre todo el momento.
La consulta nos llega casi siempre igual: primero se compra, luego se reforma, se amuebla, se hacen las fotos, y solo entonces alguien pregunta por la licencia. Con un poco de previsión, ese mismo proceso se hace sin sobresaltos y llegando a tiempo para la temporada. Esta es la guía que damos a nuestros clientes.
Qué es exactamente la licencia turística
No es una licencia municipal que se pide y se concede: es una inscripción en el registro de turismo de la comunidad autónoma. Según dónde esté la vivienda:
- Provincia de Alicante (Costa Blanca): Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, regulado por el Decreto 10/2021. El código tiene el formato VT-XXXXXX-A, donde la A corresponde a Alicante.
- Región de Murcia (Costa Cálida): Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, regulado por el Decreto 256/2019. Al inscribirse se asigna un número de signatura, con el formato VV.MU.XXXX-X.
En los dos casos, ese código debe figurar en toda la publicidad del alquiler.
Para llegar a la inscripción hacen falta, entre otras cosas:
- Informe o certificado municipal de compatibilidad urbanística favorable para uso turístico.
- Cédula de habitabilidad o licencia de segunda ocupación en vigor.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Climatización, equipamiento mínimo según la capacidad, y condiciones de seguridad y salubridad.
Nada de esto es especialmente complicado. La clave está en empezar por el principio.
El detalle que conviene conocer antes de planificar
El informe de compatibilidad urbanística lo emite el ayuntamiento, y algunos ayuntamientos suspenden temporalmente su emisión mientras revisan o actualizan su normativa. Esas suspensiones no son definitivas, pero pueden durar desde un par de meses hasta uno o dos años.
No significa que no vayas a poder alquilar: significa que el calendario depende del momento y del ayuntamiento. Por eso lo primero que hacemos siempre es preguntar al ayuntamiento si en ese momento se están expidiendo certificados para esa dirección concreta. Con ese dato en la mano, el resto se planifica sin sorpresas.
Los dos documentos que conviene mirar antes de comprar
El informe de compatibilidad urbanística
Se pide sobre la dirección concreta, no sobre el municipio: depende de la calificación urbanística de esa finca en particular. Por eso la pregunta útil nunca es «¿en este pueblo se puede?», sino «¿en este inmueble, hoy, se puede?».
La cédula de habitabilidad o segunda ocupación
Acredita que la vivienda es habitable y cumple superficie y condiciones mínimas. En obra nueva suele venir con la entrega. En segunda mano conviene comprobarla: en viviendas de los años setenta y ochenta es frecuente que esté caducada, y renovarla puede llevar su tiempo.
Comprobar estos dos documentos antes de firmar las arras cuesta muy poco y ahorra la mayoría de los disgustos que vemos.
La comunidad de propietarios también cuenta
Desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, una comunidad puede limitar el alquiler turístico si lo aprueban tres quintos de los propietarios que representen tres quintos de las cuotas de participación. Las dos condiciones a la vez.
Aquí lo que cuenta es la fecha de la licencia, no la antigüedad de la vivienda. Las licencias concedidas y en activo antes del 3 de abril de 2025 mantienen su actividad. Si la comunidad aprueba después una limitación, la licencia se conserva hasta su vencimiento.
Antes de comprar, pide al administrador de fincas dos cosas por escrito:
- Si los estatutos dicen algo sobre el uso turístico.
- Si hay algún acuerdo de junta posterior que lo regule.
Un certificado del administrador es rápido de conseguir y te da tranquilidad para el resto del proceso.
El código que te pedirán Airbnb y Booking
Las plataformas de alquiler piden el código de la licencia turística para poder publicar el anuncio, y lo muestran en la ficha de la vivienda. Es una buena señal para el huésped: le confirma que está reservando un alojamiento dado de alta en regla.
Basta con tenerlo antes de crear el anuncio. Cuando terminamos la inscripción te entregamos el código listo para que lo pegues en Airbnb, Booking o donde vayas a anunciarte.
Plazos y costes
El coste del trámite tiene dos partes:
- La tasa del ayuntamiento por el informe de compatibilidad urbanística. Varía de un municipio a otro: entre 30,05 € y 99 €.
- Nuestros honorarios de gestión, que dependen del caso y del municipio. Te los confirmamos por escrito antes de empezar, sin compromiso.
Como ves, el coste es modesto comparado con la inversión. Lo que más varía es el plazo: entre pedir el informe y tener el número de registro puede pasar desde un mes hasta dieciocho, según el ayuntamiento y su carga de trabajo.
Tenemos un procedimiento para acortar ese plazo a unas seis semanas, sea cual sea el punto de partida. Tiene un coste añadido de 300 € + IVA. Cuando la diferencia es entre alquilar este verano o esperar al siguiente, suele salir a cuenta.
Si ya tienes una vivienda inscrita
Desde enero de 2026 la Dirección General de Turismo está revisando los expedientes ya inscritos para comprobar que todos tienen el informe de compatibilidad urbanística, porque muchas inscripciones antiguas se tramitaron sin él.
Si recibes una notificación, el plazo para aportarlo es de 10 días hábiles. Es un trámite sencillo si se atiende a tiempo, así que si te llega una, avísanos el mismo día y lo resolvemos dentro de plazo.
El orden correcto, resumido
- Preguntar al ayuntamiento si se están expidiendo certificados o informes de compatibilidad urbanística en ese momento y para esa dirección. Si la respuesta es favorable, se sigue con el resto.
- Pedir al administrador el certificado sobre estatutos y acuerdos de junta.
- Comprobar que la cédula o segunda ocupación está vigente.
- Con esos tres datos, firmar con tranquilidad.
- Tramitar la inscripción y obtener el código antes de crear el anuncio.
En Investments in Spain lo gestionamos de principio a fin: hacemos la consulta previa al ayuntamiento, tramitamos el informe de compatibilidad urbanística, revisamos con el administrador la situación de la comunidad, y presentamos la inscripción en el registro hasta obtener el código. Si estás pensando en comprar para alquilar, esa consulta previa es lo primero que deberíamos mirar juntos: es rápida, es barata, y es la que te dice con qué calendario juegas.
Cuéntanos tu caso y te decimos en qué situación está tu vivienda →


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